SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

II.1

II.1.    Por providencia de 29 de noviembre de 2018, Ronald Augusto Basilio Lupa Juez Público Civil y Comercial Primero de Uyuni del departamento de Potosí -ahora demandado-, proveyendo al memorial de apersonamiento y oposición de excepciones efectuado por Fátima Duabyakosky de Wendes, dispuso que previamente debía acreditar la representación legal de la persona jurídica con documentación idónea, y que el abogado suscribiente aclare si patrocina como funcionario público o abogado libre, concediéndole al efecto un plazo de tres días hábiles computables a partir de su legal notificación “… bajo conminatoria de tenerse la misma por no presentada en aplicación por analogía lo previsto en el Art. 113-I de la Ley 439 relacionado con el Art. 125 de la ley 349 en lo pertinente…” (Sic), y que la parte demandante adjunte la comisión instruida a efectos del cómputo de plazos procesales (fs. 13).