SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

27 de octubre de 2017

Del análisis de los antecedentes remitidos, se evidencia que el presente caso se inició a instancia de la denuncia interpuesta por Franz Santos Segales Patón el “27 de octubre de 2016” (sic), pero se infiere que la misma habría sido interpuesta el 27 de octubre de 2017; posterior a ello, se presentó la Resolución de imputación formal 209/2018 por la comisión del delito de violencia psicológica de 13 de abril de 2018, la ampliación de denuncia por el tipo penal de violencia física de junio de 2018; dentro de la cual, hasta el momento de la interposición de la presente acción tutelar, el 29 de enero de 2019, la autoridad ahora demandada no procedió a citar al denunciado Jaime Joel Ramos Rodríguez a fin de prestar su declaración ampliatoria, actuación fiscal que rompe el espíritu de la Ley 348 y lesiona el principio de diligencia debida en la investigación.

Ahora, si bien es cierto que la representada de los accionantes ha fallecido, esta situación no impide que el Ministerio Público conforme a los principios de legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonomía, unidad y jerarquía; mediante un proceso simplificado dentro del marco de la Ley 348, investigue las causas de este deceso y sus posibles responsables, en observancia de los Fundamento Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.

En la problemática jurídica que nos ocupa, se observa que existe una evidente vulneración de los principios procesales de celeridad establecido en el art. 86.3 de la Ley 348 y el de diligencia debida en la investigación llevada a cabo por la autoridad demandada; motivo por el cual corresponde otorgar la tutela solicitada.