SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2019-S1

Fecha: 15-Jul-2019

II.4.

II.4.  Por memorial de 26 de noviembre de 2018, David Román Mamani Choque -hoy impetrante de tutela- solicitó al Juez demandado, resolución de los recursos e incidentes pendientes, además de dejarse sin efecto momentáneamente el mandamiento de desapoderamiento, el cual, fue respondido mediante decreto de 27 del señalado mes y año, y respecto al fallo de los citados planteamientos, determinó: “…obrados a despacho para resolución…” (sic); y en cuanto a dejar sin efecto el citado mandamiento, manifestó: “…Sin lugar a lo solicitado debiendo la parte impetrante estar a procedimiento toda vez que lo dispuesto por el Art. 517 del Código de Procedimiento Civil, señala de manera expresa que ‘La ejecución de autos y sentencias pasadas en aturoridad de cosa juzgada no podrán suspenderse por ningún recurso ordinario ni extraordinario, ni el de compulsa, ni el de recusación ni por ninguna solicitud que tendiere a dilatar o impedir el procedimiento de ejecución’” (sic [fs. 4 a 6]).