SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

tiene por objeto

Bajo tal entendido, es menester aclarar que de conformidad con los            arts. 125 de la CPE; y, 46 del CPCo, la acción de libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad de una persona, así como protegerla cuando es ilegalmente perseguida, o indebidamente procesada (definición a partir de la cual se protege el debido proceso, en los supuestos establecidos en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional); en tal razón, del análisis de los antecedentes que informan del caso, se advierte que la acusada vulneración a derechos fundamentales, radica en la Resolución 007/2019 -pronunciada por los Vocales ahora demandados- (Conclusión II.3.), resolviendo el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público, el Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi y el Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (Conclusión II.2.), contra la Resolución 689/2018 -que disponía la detención domiciliaria del hoy accionante-, revocándola y determinando por consecuencia la detención preventiva del impetrante de tutela.

Bajo tal contexto, en consideración al Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, encontrándose en tela de juicio la libertad del accionante, vinculada particularmente a la impugnación de la Resolución 007/2019, que de forma directa afectó su libertad al imponerle nuevamente la medida cautelar de carácter personal precitada; se tiene por cumplido el presupuesto jurisprudencialmente establecido a efectos de tutelar el debido proceso a través de ésta acción de libertad, al existir una vinculación directa del acto lesivo (falta de congruencia y fundamentación de la mencionada Resolución), con el derecho a la libertad del impetrante de tutela, según se ha descrito.