SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
con certeza
Bajo tales razonamientos, es posible establecer que en el caso de análisis existe esa sospecha fundada en hechos (referidos precedentemente) definidos, así se han identificado fechas, deberes inherentes a la accionante, el documento que los Vocales demandados consideraron como “manual de funciones” que fundó su sospecha respecto a la probable autoría en la aparente inobservancia de deberes que motiva la investigación, se ha hecho alusión a los elementos objetivos que fundan las aseveraciones; por lo que, no se evidencia lesión alguna; al contrario, la impetrante de tutela, ingresa en una suerte de confusión al pretender que en la fase preliminar se establezca con certeza la existencia de los hechos y su autoría o participación, cuando dicha problemática es justamente el objeto de la litis que será discutido en el juicio; por lo que, no corresponde conceder la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- “con lugar”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- II
- III.1.
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable
- Fragmento 15
- [8]
- relevancia constitucional
- Fragmento 18
- En cuanto al Tribunal de apelación,
- la exigencia de pronunciar una resolución motivada en la que se establezca la concurrencia de los requisitos de validez para determinar la detención preventiva
- ello no implica que el Tribunal de apelación, esté exento de motivar y fundamentar su decisión, más al contrario, su determinación debe expresar la concurrencia o no de los requisitos previstos por Ley para la procedencia de la referida medida cautelar
- L
- SCP 0014/2018-S2
- III.3. Análisis en el caso concreto
- 1) Si bien se generó duda sobre la probabilidad de autoría o participación
- exige la concurrencia de un hecho definido o delimitado, esto no quiere decir que el juez tenga que tener certeza sobre su ocurrencia y la participación del imputado
- sospechas razonables fundadas en hechos o información capaces de persuadir a un observador objetivo de que el encausado pudo haber cometido una infracción
- con certeza
- REVOCAR
- MAGISTRADA
- [6]