SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2019-S4
Fecha: 25-Jul-2019
II.6.
II.6. Cursa Informe SCZ-TIC-JTC-003/2019 de 23 de enero, en la que se evidencia que el acceso a la cuenta de la accionante, como ORC 4057 fue dado de baja en el Sistema RC-BIO, el 6 de septiembre de 2018 y que se instruyó la restricción de venta de valores a partir del 7 del mismo mes y año (fs. 98 a 99).
La solicitante de tutela denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes motivación, fundamentación y valoración de la prueba y al trabajo, porque el proceso disciplinario seguido en su contra, incumplió los plazos procesales señalados por la norma contenida en el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por DS 23318-A de 3 de noviembre de 1992 con las modificaciones introducidas por el DS 26237 de 29 de junio de 2001; las resoluciones pronunciadas carecen de fundamentación, motivación y valoración de la prueba de descargo aportada; y, la resolución jerárquica no fue pronunciada por la máxima autoridad ejecutiva del Servicio de Registro Civil con domicilio en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz. De igual modo, al haberse impedido su acceso al sistema y la venta de valores, en forma anterior a la ejecutoria de las resoluciones del proceso disciplinario, se le impidió el ejercicio de su derecho al trabajo, causándole perjuicio y a los usuarios del sistema por los servicios que ya habían sido comprometidos.
- acción de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó la tutela
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Presupuestos de la nulidad procesal.
- …1) El acto procesal denunciado de viciado le debe haber causado gravamen y perjuicio personal y directo; 2) El vicio procesal debe haberle colocado en un verdadero estado de indefensión; 3) El perjuicio debe ser cierto, concreto, real, grave y además demostrable; 4) El vicio procesal debió ser argüido oportunamente y en la etapa procesal correspondiente; y 5) No se debe haber convalidado ni consentido con el acto impugnado de nulidad.
- III.2.
- i)
- a)
- arbitrariedad
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR