SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2019-S4

Fecha: 25-Jul-2019

concedió

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 004/2019 de 21 de febrero, cursante de fs. 150 a 153 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Proceso Administrativo Expediente 92/15 y el fallo en él emitido, debiendo reponer el mismo, en observancia al debido proceso; asimismo, dispuso la restitución y estabilidad de la accionante a su fuente laboral, conforme al contrato suscrito entre partes, vigente del 8 de marzo al 31 de diciembre de 2018; decisión asumida en base a los siguientes argumentos: i) La solicitante de tutela desempeñó funciones en el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del indicado departamento, en virtud a cuatro contratos sucesivos suscritos en fechas diferentes, haciendo conocer en cada uno de ellos su domicilio real ubicado en calle Menacho 120, zona El Tejar de “El Alto” del referido departamento; ii) La existencia o no del file personal de los funcionarios de la entidad municipal, es de exclusiva responsabilidad de la Dirección de Talento Humano, por tanto, no resulta suficiente que se alegue no contar con el mismo a objeto de proceder a la notificación de la procesada mediante edictos; iii) La institución edil debió agotar todos los medios posibles, a efectos de subsanar la observación efectuada por el SERECI, respecto a los datos reales de la impetrante de tutela; iv) La notificación edictal, colocó a la sumariada en estado de indefensión, situación que debió ser advertida por la Autoridad Sumariante, al no haberlo hecho se ejecutó un procesamiento indebido; v) En agosto de 2018, en ejercicio de las funciones para las cuales fue contratada, hizo conocer al Director Supervisor de Obra de la entidad edil, su estado de gestación, el alto riesgo que éste revestía y el tratamiento especial que requería, siendo que, a los dos días, el 24 del indicado mes y año, se le comunicó su destitución mediante Memorándum DTH/JCTCH/SUM/0026/18, en mérito al resultado del proceso sumario administrativo previamente sustanciado; v) Al haber anunciado su estado de gravidez, su estabilidad laboral se encontraba garantizada; y, vi) Respecto a la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, ésta asumió conocimiento de los hechos; sin embargo, no respondió de forma inmediata a la solicitud de permanencia en funciones de la procesada, dando lugar a que se consumen los actos ilegales antes descritos.