SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2019-S1

Fecha: 17-Jul-2019

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos invocados en esta acción de defensa, debido a que, en la Resolución RSP-AP 123/2018 -mediante la cual se revocó la Resolución Disciplinaria 33/2017 emitida por la Jueza Disciplinaria Segunda del departamento de Pando ahora tercera interesada, declarando probada la denuncia interpuesta en su contra, por la comisión de la falta disciplinaria prevista en el art. 187.14 de la LOJ, imponiéndosele la suspensión de funciones por un mes sin goce de haberes-, emitida por las autoridades administrativas -hoy demandadas- de forma indebida se omitieron considerar las  respectivas eximentes de responsabilidad ni se pronunciaron según los datos del proceso, obviando cotejar y ponderar pruebas, concluyendo en imponerle una sanción de suspensión que genera mayor mora procesal.

Conforme se desprende de los datos del expediente constitucional se tiene que, dentro del proceso disciplinario a denuncia de Maricela Caya Yubanera -tercera interesada- contra Pablo Aquiles Andia Mora, Juez -hoy accionante- y Luis Francisco Aguada Bautista, Secretario, ambos del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Pando, mediante Resolución Disciplinaria 33/2017, la Jueza Disciplinaria Segunda del mismo departamento, declaró improbada la misma, con respecto a las faltas contempladas en el art. 187.9 y 14 de la LOJ por no existir prueba suficiente (Conclusiones II.1).