SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración su derecho al debido proceso en vinculación directa con su derecho a la libertad; toda vez que, el 22 de febrero de 2019 fue detenido en el Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz, por un funcionario policial quien ilegalmente ejecutó un mandamiento de detención preventiva -de 26 de enero de 2017- que no era original, sino se trataba de una copia legalizada por la Secretaria ahora demandada, cuando dicha funcionaria no tenía competencia para legalizar ningún documento, debido a que la causa penal seguida en su contra ya no se encuentra en su poder, sino que fue remitida y radicada ante el Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo del aludido departamento, mismo que se encuentra en vacación judicial; por ende, la causa no cuenta con una autoridad que ejerza el respectivo control jurisdiccional; por ello, no tiene a dónde acudir para solicitar se restituya su derecho a la libertad debido a que el mandamiento de detención preventiva resulta ser ilegal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El ejercicio del control jurisdiccional y la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Durante la etapa preparatoria, el control jurisdiccional se encuentra a cargo del juez cautelar, instancia judicial encargada del control de todas las actividades de la investigación. Asumiendo un rol de juez de garantías, con la facultad de resolver los conflictos emergentes de la actividad investigativa del Ministerio Público, los derechos del imputado y de los demás sujetos procesales.
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo