Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2019-S1
Fecha: 24-Jul-2019
II.3.1.
II.3.1. A través de la providencia de 5 de diciembre de 2018, en respuesta a la nota de 4 del mismo mes y año, Jacinto Edgar Torrelio Salazar Administrador a.i. de la CNS Regional Oruro y Einar Igor Laura Quispe el Asesor Legal de la referida entidad, se pronunciaron disponiendo el rechazo de la solicitud de anulación del memorando “JRH-600-907/2018” requerido por la impetrante de tutela, y en su mérito conminó a que adecue su petitorio a la previsto por los arts. 35 y 56 de la LPA y su Reglamento y poder hacer uso de los recursos que la Ley le faculta (fs. 156 a 158).
- acción de amparo constitucional
- JRH-
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.4.
- II.5.
- II.5.1.
- II.5.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- Providencia de 5 de diciembre de 2018
- Fragmento 19