SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2019-S1

Fecha: 24-Jul-2019

Fragmento 21

La accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones, además, a los “principios de legalidad, seguridad jurídica y aplicación objetiva de la ley”; toda vez que, las autoridades demandadas emitieron el Auto de Vista de 18 de mayo de 2018 revocando el Auto de 27 de enero de 2017 que declaró el abandono de la querella y extinción de la acción, disponiendo la prosecución del proceso penal, sin considerar los antecedentes del proceso, realizando un análisis irrazonable e ilógico, porque el memorial de la querellante con el que pretendió justificar su inasistencia fue presentado el mismo día de la audiencia, a horas 9:40; es decir, después de concluida la misma; y, que la concesión de un plazo prudente para la justificación no es absoluta como lo consideran los Vocales demandados, ya que si fuera así lesionaría la seguridad jurídica, afectando el derecho que tiene todo procesado de ser juzgado dentro un plazo razonable, más aun si se evidencia actos dilatorios que ameritan dar curso al abandono de la querella.