SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2019-S1

Fecha: 30-Jul-2019

1)

En ejercicio de su derecho a la defensa material, el accionante refirió que: 1) En el presente caso el denunciante y la víctima, es esposo de la sobrina de su esposa; asimismo, Juan Antonio Gil Alba, es primo hermano de su esposa y sus tres hijas vienen a ser sus sobrinas; por lo que, a tiempo de conocer estos aspectos una vez de haberle tomado su declaración, presentó su excusa por este motivo; y, 2) El 24 de diciembre de 2018, recién se enteró de la Resolución Fiscal Departamental, cuando ya no estaba en esa Unidad, siendo designado al municipio de San Matías.

1)  El Fiscal de Materia, Clovis Ugarteche Rocha, por informe presentado el 3 de diciembre de 2018, argumentó que las partes procesales  intervinientes, serían familiares consanguíneos (primos hermanos) de su esposa María Estela Gil Céspedes, con quienes mantendría una relación de amistad estrecha; al respecto, el prenombrado no adjunta documentación que demuestre el vínculo con María Estela Gil Céspedes y tampoco con Juan Antonio Gil Alba, Eusebia Padilla Cortez, Celsa y Lorena ambas Gil Padilla;

  CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente en cuanto a la evidenciada lesión al debido proceso en su componente de congruencia, debiéndose en consecuencia dejar sin efecto la Resolución Fiscal Departamental JCC 022/18 de 5 de septiembre de 2018, correspondiendo que el actual Fiscal Departamental de Santa Cruz, emita una nueva resolución que congruentemente resuelva la excusa presentada por el accionante, conforme a los razonamientos expuestos ut supra.