VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0478/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
podría influir
Con relación al riesgo de obstaculización previsto por los numerales 1 y 2, el Juez los consideró concurrentes, amparándose en meras suposiciones, pues en su fundamento señala que como el proceso está en etapa investigativa, el imputado en libertad podría influir sobre los testigos y partícipes, además de que podía perjudicar la investigación, o podría obstaculizar la averiguación de la verdad. Sobre el particular, los riesgos no pueden estar amparados en suposiciones, estos tienen que ser establecidos de manera objetiva, así se señaló en los Fundamentos Jurídicos II.3 y II.4 de este Voto Disidente, indicando que no está permitido al Juez, que al momento de asumir la decisión respecto a la situación jurídica del imputado, conjeture sobre la base de las probabilidades -podría o no podría-. En tal sentido, si la decisión judicial se basa en meras presunciones de concurrencia o no de los presupuestos previstos en las normas procesales referidas anteriormente, vulnera el debido proceso en sus componentes de debida fundamentación y motivación.
- Partes:
- expresa su disidencia con los fundamentos jurídicos y parte dispositiva de la
- REVOCAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 7
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- II.2. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- II.3.
- a pedido fundamentado del fiscal o de la víctima,
- La consideración del primer requisito
- [14]
- Con relación al segundo requisito
- El riesgo procesal debe ser acreditado por la parte acusadora
- II.4. Sobre el riesgo procesal de fuga y el riesgo de obstaculización
- corresponde al acusador o víctima demostrar
- El
- En
- II.4.1. Sobre el riesgo procesal de fuga como peligro efectivo para la víctima o el denunciante
- i)
- ii)
- II.4.1. Sobre la actuación del Juez demandado
- el imputado no demostró
- qué se hizo, quién lo hizo, cuándo lo hizo, dónde lo hizo y cómo lo hizo
- podría influir
- 28 de agosto de 2018
- b) Respecto al peligro de fuga concurrente en los numerales 1, 2, 4) 8) y 10 del art. 234 del CPP
- c
- 1)
- 2)
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada