SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONA 0600/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, a la defensa, al debido proceso, y de acceso a la justicia, en mérito a que el 29 de noviembre de 2017, se le hizo conocer el Memorando Cite URRHH 468/2017, de agradecimiento de servicios, por el cual se le obligó a tomar sus vacaciones, para luego ser desvinculado de su fuente laboral, sin un debido proceso previo, por lo que consideró que tal determinación es ilegal y arbitraria; sostiene además que posteriormente, en enero de 2018, recibió otros dos memorando determinando su transferencia para desempeñar otros cargos en otros centros de salud, solo con la intención de evitar que presentara su recurso de revocatoria en contra de su ilegal despido, por lo que ante estos actos desleales presentó su recurso de revocatoria el 12 de junio de igual año, mismo que fue rechazada con argumentos formales por el Director Técnico del SEDES Chuquisaca, porque hubiese interpuesto su recurso fuera de plazo, mediante la Resolución Administrativa de Revocatoria DIR. SEDES 003/2018, misma que fue confirmada por el Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, mediante la Resolución Administrativa Gubernamental 337, bajo los mismos argumentos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco normativo respecto a los funcionarios públicos provisorios y de carrera
- Fragmento 13
- III.2. Respecto a la inamovilidad laboral y las excepciones que se presentan en función al tipo de funcionario público
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la presunta vulneración del derecho al trabajo y la estabilidad laboral
- III.4.2. Sobre la presunta vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso y de acceso a la justicia
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO