SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2019-S3

Fecha: 02-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito tipificado en el art. 261 del Código Penal (CP), se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares el 21 de febrero de 2019, donde presentó pruebas documentales con el fin de desvirtuar los riesgos procesales y jurisprudencia vinculante como la   SCP 0495/2016-S3 -no señaló la fecha- que refirió a la improcedencia de la detención preventiva en delitos de tránsito o los cuales tengan una pena igual o menor a tres años; sin tomar en cuenta lo expuesto, la Jueza demandada dispuso su detención preventiva en la Carceleta de Buena Vista del departamento de Santa Cruz.

Ante tal hecho, interpuso recurso de apelación incidental sorteado el mismo recayó en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,  efectuándose la audiencia de apelación de medidas cautelares el 21 de marzo de 2019, en la que “…afirmaron que no corresponde la detención preventiva haciendo relevancia la aplicabilidad de la sentencia constitucional plurinacional 0495/2016-S3 (…) empero no se manifiestan sobre la LIBERTAD IRRESTRICTA…” (sic), también advirtieron la existencia de un error de forma, ya que la Jueza inferior no se pronunció respecto a la concurrencia del art. 235.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP) observado por el Ministerio Público y la parte civil, agravios que no fueron apelados, declarando a la resolución impugnada incompleta y anulando la misma, otorgándole un plazo de cuarenta y ocho horas para que la autoridad mencionada subsane esa falta, afectando de esta manera su derecho a la libertad por un error procesal.