SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2019-S3

Fecha: 02-Ago-2019

la interposición del recurso de apelación contra la  Resolución que imponga o modifique, una medida cautelar personal, puede ser planteada en forma oral en la misma audiencia, no siendo necesario que posteriormente sea formalizado o fundamentado por escrito

Respecto al tratamiento especial que el legislador otorgó a la apelación incidental de resoluciones referidas a medidas cautelares de carácter personal, la SC 1703/2004-R de 22 de octubre, cuyo entendimiento fue reiterado a su vez por la SCP 2356/2012 de 22 de noviembre, sostuvo que: “…la interposición del recurso de apelación contra la  Resolución que imponga o modifique, una medida cautelar personal, puede ser planteada en forma oral en la misma audiencia, no siendo necesario que posteriormente sea formalizado o fundamentado por escrito, -conforme señala la recurrente-; con mayor razón, si se tiene en cuenta, que la audiencia señalada por el Tribunal de Alzada para la consideración del recurso, está orientada a que las partes, en virtud de los principios de oralidad e inmediación que caracterizan al actual sistema procesal, expresen los fundamentos del recurso y exhiban los elementos probatorios en la audiencia pública señalada al efecto, y por lo mismo, las previsiones contenidas en los  arts. 403 y 404 del citado Código no son aplicables al caso que se analiza” (las negrillas nos corresponden).