SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2019-S3

Fecha: 08-Ago-2019

“'este Tribunal no se manifestará sobre la apelación planteada'”

Finalmente, por memorial de 12 de febrero del mismo año solicitó específicamente se pronuncien en relación a que si resolverían o no la apelación planteada; respondiendo a dicho memorial a través oficio de CITE T.A.D.P. 002/2019 de 13 de febrero señalaron: “'este Tribunal no se manifestará sobre la apelación planteada'” (sic). Por lo que, al no existir otro medio impugnativo, se habilitó la posibilidad de incoar la presente acción de amparo constitucional para corregir los errores en los que incurrió el Tribunal Administrativo Disciplinario de la Dirección Departamental de Educación de Pando, como la emisión de una resolución administrativa en la que se le sanciona por faltas que no fueron objeto de proceso, a pesar de interponer recurso de apelación dentro el plazo establecido, este no fue resuelto, finalmente el proceso se desarrolló sin la aplicación de la RM 062 haciendo uso de normas ajenas al procedimiento inicial.