SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
Respecto a la declaratoria de rebeldía y mandamiento de aprehensión contra el accionante
Ahora bien, con relación a la declaratoria de rebeldía por su inasistencia a la audiencia de medidas cautelares de 12 de abril de 2019, expidiéndose mandamiento de aprehensión contra el impetrante de tutela sin tomar en cuenta los certificados médicos presentados que reflejan su delicado estado de salud, la jurisprudencia constitucional señalada en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional determinó que dentro del proceso penal el imputado será declarado rebelde -entre otros supuestos- cuando no se presente sin causa justificada a una citación de autoridad judicial; también, la comparecencia voluntaria del rebelde al proceso penal antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión deja sin efecto el dispuesto en su contra, por cuanto la finalidad de su asistencia en el proceso penal, fue cumplida.
- acción de libertad
- a)
- Y ORDENE SE EFECTIVICEN LOS OFICIOS AL IDIF SANTA CRUZ MEDIANTE ORDEN INSTRUIDA; SE REPAREN LOS ACTOS ILEGALES COMETIDOS INTRA PROCESO ORDENANDO DEJAR SIN EFECTO EL DECRETO DE 11 DE ABRIL DE 2019 EN LA PARTE: ‘
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- II.2.
- III.1.
- III.2. De los alcances de la acción de libertad y su tutela a la garantía del debido proceso
- la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- III.3. Solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- Respecto a su solicitud de salidas médicas
- Con relación al alegado procesamiento ilegal o indebido
- Respecto a la declaratoria de rebeldía y mandamiento de aprehensión contra el accionante
- puede justificar el impedimento para cumplir con el emplazamiento, y solicitar la revocatoria de la declaratoria de rebeldía, por cuanto es el medio idóneo, eficaz e inmediato a disposición del imputado o procesado para dejar sin efecto la resolución de rebeldía
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- una vez declarada su rebeldía, antes de la ejecución del mandamiento de aprehensión debió acudir ante la autoridad que la emitió justificando su incomparecencia o impedimento de concurrencia a la audiencia, con el objeto de dejar sin efecto el mandamiento de arraigo y aprehensión para su comparecencia al proceso
- CONFIRMAR