SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
II.2.1
II.2.1 La presente acción de libertad fue presentada a las 17:43 del 21 de septiembre de 2018, y en un primer momento fue sorteada ante el Juzgado de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, el cual mediante Auto de 21 de igual mes y año, declinó competencia ante el Juez de Sentencia de turno Montero del citado departamento, considerando que los hechos denunciados se habrían producido en el municipio de Mineros del mismo departamento y que las autoridades demandadas tienen su domicilio en dicho municipio; por lo que, el Juez o Tribunal competente es la mencionada autoridad judicial de la ciudad de Montero, al que debieron recurrir los accionantes. Por ello, ordenó se remitan antecedentes en el día con noticia del impetrante de tutela (fs. 16 y vta.).
- acciones de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- I.2.1. Contenido de la demanda
- 1)
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.2.1
- II.2.2.
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- dicha restricción
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- de lo cual puede concluirse inicialmente la demanda de acción de libertad deberá plantearse ante un juez o tribunal penal geográficamente cercano al lugar de la detención en virtud al principio de inmediación y el derecho a la defensa material del accionante.
- es posible el planteamiento de la acción de libertad ante el juez o tribunal penal que le resulte más accesible al accionante porque no es conforme al derecho de acceso a la justicia y los principios que rigen a la acción de libertad entender que el accionante para plantear la acción de libertad deba efectuar erogaciones económicas y trasladarse al lugar en el cual se encuentre el proceso que originó en su criterio la amenaza a su libertad
- CONFIRMAR