SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2019-S4

Fecha: 07-Ago-2019

II.2.

II.2.    Mediante escrito presentado el 19 de marzo de 2018, CONSTRUMAX BOLIVIA SRL, solicitó al Tribunal Arbitral complementación y enmienda, respecto a la firma de la Secretaria del Tribunal; debiendo señalarse los motivos por los cuales no existió pronunciamiento respecto a la impracticabilidad del Laudo Arbitral, al no haberse remitido por la UPRE la prueba documental correspondiente; asimismo, se complemente y enmiende sobre la ejecución de la boleta de garantía y se establezca en qué elemento de convicción se basó el Tribunal y en qué foja se halla la orden de pago de los $us135 000.- (ciento treinta y cinco mil dólares estadounidenses); pretensión que ameritó el Auto 04 de Complementación y Enmienda de 23 del mismo mes y año, que dando respuesta a los extremos reclamados, determinó inicialmente que la falta de firma de la Secretaría no tenía relevancia jurídica alguna; que la decisión se asume en base a las pruebas aportadas por las partes, habiéndose efectuado las referencias pertinentes sobre la ejecución de la boleta de garantía; y, que la prueba para disponer la devolución de los dineros, se encontraba individualizada y comprendía el contrato base, la declaración confesoria, los documentos aportados, pagos d recibidos de la UPRE y otros, detallados del párrafo 75 al 85 del Laudo. Tal decisión se notificó a las partes el 27 del citado mes y gestión (fs. 483 a 489).