SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2019-S4

Fecha: 14-Ago-2019

II.3.

II.3.  A través de la Nota SPDP/DDCB/VSAB 022/2019 de 8 de abril, Viviana Arancibia Borda, Directora Departamental del SEPDEP de Cochabamba, informó a la solicitante de tutela, que: si bien es cierto que tiene bajo su guarda a una menor de seis años, no es menos evidente que el Decreto Presidencial 3756, establece en su art. 6.“I″.8 que en casos de delitos de estafa, como en el presente, la solicitante debe contar con un acuerdo suscrito con la víctima, exigencia que no se cumplió en la solicitud, por ello no pueden darse por acatados todos los requisitos previstos en el art. 6.6 y 8 del referido Decreto Presidencial (fs. 39 a 40).