Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
Artículo 125°.- (Explicación, complementación y enmienda).
Artículo 125°.- (Explicación, complementación y enmienda). El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- a)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 125°.- (Explicación, complementación y enmienda).
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar
- 3° Recomendar
- MAGISTRADO