SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
III.3. Análisis del caso concreto
De la lectura de la demanda tutelar y de lo alegado en la audiencia de consideración de esta acción de amparo constitucional, se tiene que el accionante enmarcó su problemática en el hecho que la autoridad demandada admitió en su contra la demanda de resarcimiento del daño a a través del Auto de Enmienda de 5 de febrero de 2019, modificando sustancialmente el contenido de fondo del Auto Interlocutorio de 5 de diciembre de 2018, que en principio la desestimó; por lo que, considera que la actuación del Juez demandado inobservó el art. 125 del CPP, los principios de legalidad y seguridad jurídica; sobre todo, su derecho al debido proceso en sus componentes de defensa e igualdad de condiciones ante la ley.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- a)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 125°.- (Explicación, complementación y enmienda).
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar
- 3° Recomendar
- MAGISTRADO