Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
II.6.
II.6. A través de la Instructiva 006/2019 de 18 de febrero, la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, luego de realizar el análisis del caso concreto, resolvió instruir al Administrador de la CNS Regional Oruro, respetar la inamovilidad del puesto de trabajo de la denunciante, ordenando su restitución en el cargo de médico general que ejercía dentro de dicha entidad. Decisión con la que fue notificado el Asesor Legal de la institución, el 18 de febrero de 2019 (fs. 17 a 18 vta. y 19).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III.
- III.1. La inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad. Contratos a plazo fijo o temporales
- i)
- no gozan de inamovilidad laboral las mujeres embarazadas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR