SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4

Fecha: 21-Ago-2019

1)

Nancy Condori Aduviri, funcionaria Policial, en audiencia expresó lo siguiente: 1) Se pronunció imputación formal contra el accionante así como una decisión de la autoridad jurisdiccional sobre los riesgos procesales, oportunidad en la que aquél, a través de su defensa, denunció actividad procesal defectuosa arguyendo una ilegal aprehensión, el mismo que fue considerado irrelevante por el Juez de la causa, disponiendo la aplicación de la detención preventiva en su contra; y, 2) No se puede activar dos jurisdicciones a la vez, y a la fecha se encuentra pendiente el plazo de apelación previsto en el art. 251 del CPP; asimismo, primero deben agotarse los mecanismos específicos intraprocesales; en el caso que nos atañe el imputado presentó el incidente de nulidad sobre una aprehensión alegada de ilegal, pretensión que fue considerada y desestimada; al respecto, la jurisprudencia constitucional expresa que cuando se denuncia una presunta actuación irregular de la policía o la fiscalía, primero debe ser denunciada ante Juez cautelar y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiese sido reparada por dicha autoridad, es posible acudir a la jurisdicción constitucional, además del recurso de apelación pendiente de interposición, elementos que conllevan a afirmar que no fueron agotados los tres presupuestos establecidos vía jurisprudencia constitucional –referidos a la subsidiariedad excepcional en acción de libertad–.