SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4

Fecha: 21-Ago-2019

III.3.  Con relación a la actuación de la Jueza de garantías

Tomando en cuenta el análisis de los antecedentes efectuado en el Fundamento Jurídico precedente, los mismos que fueron de conocimiento pleno, incluso consideración, de parte de la Jueza del Tribunal de Sentencia Primero, Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primera de Challapata departamento de Oruro, en su papel de Jueza de garantías, la concesión de tutela dispuesta por ella merece un pronunciamiento de parte de este Tribunal por los efectos que pudieron haberse producido en tal mérito.

Habiéndose establecido que dentro del plazo legal se puso a conocimiento del Juez de Instrucción Penal Sexto del departamento de Oruro, el inicio de investigaciones contra el hoy impetrante de tutela, quien en audiencia de 24 de abril de 2019, definió su situación jurídica imponiéndole la detención preventiva, de modo alguno la concesión de tutela podía haber involucrado la determinación de disponer la libertad del imputado, ello en mérito a que la situación jurídica del imputado se modificó de aprehendido a detenido preventivamente por autoridad jurisdiccional encargado del control de la investigación, decisión contra la que el imputado, en caso de sentirse agraviado, puede formular recurso de apelación incidental en el marco de lo establecido en el art. 251 del CPP.

Lo dispuesto por la Jueza de garantías, ciertamente pudo haber provocado un disfunción procesal no deseada por la jurisdicción constitucional que está sustentada, entre otros, en el principio de seguridad jurídica (art. 3.8 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional) en mérito de lo cual corresponde exhortar a dicha autoridad a efectos de que en posteriores actuaciones efectúe una prolija revisión de antecedentes y un análisis de los posibles efectos de sus determinaciones.