SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0672/2019-S4

Fecha: 21-Ago-2019

denegar

En ese entendido, se tiene que desde la 14:00 hasta las 21:00, cuando se condujo al imputado a dependencia de la Fiscalía, se tiene que fue puesto a disposición del Ministerio Público antes de transcurridas las ocho horas como plazo máximo de duración del arresto por la policía, conforme dispone el art. 226 del CPP; en similar sentido se tiene por observado el referido plazo si se considera que de acuerdo al relato expuesto en la acción de libertad, luego de una hora recién hubiese llegado Aldo Ángel Morales Alconini, Fiscal de Materia; es decir, a las 22:00 del 23 de abril de 2019; en consecuencia, al no haberse advertido el incumplimiento del plazo de duración máxima del arresto por la Policía previsto en el Código citado, no es posible prescindir de la subsidiariedad aplicable en acción de libertad de manera excepcional e ingresar al fondo de la problemática planteada con relación a la funcionaria policial demandada, relativa a la ilegalidad en la forma de su privación de libertad, correspondiendo denegar la tutela solicitada en relación a éste.