SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2019-S1

Fecha: 08-Ago-2019

I.2.1. Actuación Previa

Ante la solicitud de aclaración realizada por el Presidente de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en torno a que si la acción de amparo constitucional fue interpuesta dentro del plazo previsto por “ley”, la accionante a través de su abogado refirió que, si bien debió formular la acción de defensa dentro del término de seis meses computables a partir de la notificación con la Conminatoria de reincorporación, en el presente caso es viable levantar el principio de inmediatez, en aplicación del entendimiento jurisprudencial contenido en la SCP 1944/2013 de 4 de noviembre, que al respecto estableció que es posible liberar “…el tema de la inmediatez…” (sic), en caso de que la vulneración a un derecho constitucional sea constante y especialmente cuando son derechos económicos, sociales y culturales como el derecho al trabajo.