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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2019-S2

    Fecha: 21-Ago-2019

    I.2.1. Ratificación de la acción

    La parte accionante ratificó in extenso los argumentos expuestos en la acción de amparo constitucional presentada el 9 de julio de 2018, manifestando que la Sentencia 284/2017, de manera injustificada dispuso que todo lo argumentado en la demanda, solo sirve como antecedente para demandar la validez de las cartas de resolución de contrato y que por ello, supuestamente, no tendrían entidad propia los demás petitorios.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • concedió
    • 1)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  El principio de inmediatez que rige a la acción de amparo constitucional
    • se introduce el plazo de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, plazo que se computa a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial y que se constituye en un verdadero plazo de caducidad del derecho de acudir a la justicia constitucional
    • citas técnicas
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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