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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2019-S1

    Fecha: 12-Ago-2019

    II.2.

    II.2. Cursa decreto de 7 de noviembre de 2018, emitido por el Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Cochabamba -ahora demandado- por el que dispone que conforme a lo solicitado se notifique a todas las instituciones referidas en el memorial citado precedentemente a fin de que evacuen la documentación requerida (fs. 40).

    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
    • el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
    • el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma
    • III.2. El derecho a una resolución judicial motivada
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • fundamentación
    • motivación
    • III.4. Otras consideraciones
    • REVOCAR en parte

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