Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
II.2.
II.2. Mediante RM 1293/18 de 28 de noviembre de 2018, el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, resolvió reconocer al Directorio de Trabajadores Fabriles “CERAMICA LINCOR”, elegido por la gestión que comprende del 12 de noviembre de 2018 a 11 de similar mes de 2020, constituido por Iván Reynaldo Mamani Mamani, Secretario General; Julio Ramiro Mamani Cruz, Secretario de Relaciones; Gregorio Amaru Quispe, Secretario de Conflictos; y, Reynaldo Mamani Mamani, Secretario de Actas (fs. 5 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se puede disponer a través de la acción de amparo constitucional el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral cuando en sus fundamentos resulte jurídicamente razonable entendiendo bajo el principio de razonabilidad el uso de la razón que debe primar en los fundamentos de la Conminatoria de reincorporación
- debe analizar todos los aspectos inherentes al caso que le permitan concluir en una decisión razonable, sin que ello implique ingresar al fondo de la problemática
- fuero sindical
- Fragmento 16
- no podrán ser destituidos sin previo proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR