SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la inamovilidad por fuero sindical, al trabajo, a un salario digno y a la seguridad social; toda vez que, la empresa “CERAMICA LINCOR” S.R.L., una vez que tomó conocimiento de la conformación de un sindicato, procedió al despido de tres trabajadores y miembros del Directorio
Sindical, entre ellos “su persona”; sin embargo, luego de llevarse a cabo la audiencia el 30 de noviembre de 2018 en la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, fueron reincorporados dos de ellos, menos su persona; por lo que, dicha instancia laboral mediante Conminatoria J.D.T.L.P.//ART.51-IV-CPE/DL. 038/DS. 29539. D.S. 0495/RAAM/172/2018 de 10 de diciembre, conminó a la empresa demandada, reincorporar inmediatamente al trabajador, al mismo puesto laboral que ocupaba a momento del despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales, por contar con fuero sindical; empero, pese a su notificación el 11 de diciembre de 2018 no fue reincorporado, hechos que demuestran un despido injustificado que vulneró el fuero sindical.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se puede disponer a través de la acción de amparo constitucional el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral cuando en sus fundamentos resulte jurídicamente razonable entendiendo bajo el principio de razonabilidad el uso de la razón que debe primar en los fundamentos de la Conminatoria de reincorporación
- debe analizar todos los aspectos inherentes al caso que le permitan concluir en una decisión razonable, sin que ello implique ingresar al fondo de la problemática
- fuero sindical
- Fragmento 16
- no podrán ser destituidos sin previo proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR