Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
II.6.
II.6. El 27 de marzo de 2019, Daniel Rosado Flores, Jefe Atención al Cliente y Ximena Meguina Estévez López Gerente Comercial, ambos de CESSA, certificaron que el medidor 2995987 instalado en la calle Inca Garcilazo
10 a nombre de Quiroz Yucra Gladys -hoy demandada- cliente 116473, fue cortado el 21 de diciembre de 2018 por falta de pago, al haber entrado en mora por dos meses, procediendo a la cancelación de sus consumos el
1 de marzo de 2019 por los meses de octubre a diciembre de 2018 y enero a febrero de la gestión 2019 y a la fecha el cliente se encuentra conectado
(fs. 34).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió “parcialmente”
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- II
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Es así que el Tribunal Constitucional Plurinacional ante la evidencia de medidas de hecho, y la emergencia de la tutela al carecer de ineficacia inmediata los medios de protección ordinarios, estableció que las referidas circunstancias como es el corte de servicios básicos es procedente la otorgación de una tutela provisional y transitoria, garantizando de este modo el Estado de Derecho, razonamiento que es conforme a la SCP 0929/2014 de 15 de mayo
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- III.2.
- REVOCAR en parte