Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
II.7
II.7. Se tiene declaración voluntaria notarial de Teodora Soria Mita de 28 de marzo de 2019, quien declara que vive en calidad de alquiler en la casa de Gladys Quiroz Sánchez -hoy demandada- desde hace dos años aproximadamente, que paga de la luz a prorrata con los demás inquilinos, que en la parte donde están instalados los medidores de luz ni la propietaria del inmueble, ni ninguna otra persona puso candado durante el mes de febrero, ni marzo y todos los medidores siempre han estado abiertos, que a veces se corta la luz por las lluvias y solo debe subirse la palanca del medidor (fs. 35).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió “parcialmente”
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- II
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Es así que el Tribunal Constitucional Plurinacional ante la evidencia de medidas de hecho, y la emergencia de la tutela al carecer de ineficacia inmediata los medios de protección ordinarios, estableció que las referidas circunstancias como es el corte de servicios básicos es procedente la otorgación de una tutela provisional y transitoria, garantizando de este modo el Estado de Derecho, razonamiento que es conforme a la SCP 0929/2014 de 15 de mayo
- En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- III.2.
- REVOCAR en parte