AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-O

Fecha: 04-Sep-2019

II.5.

II.5.    Cursa la Resolución 12/16-18, emitida por la Junta Directiva Nacional de la SIB, cuya parte resolutiva es como sigue: “…POR TANTO: La Junta Directiva Nacional de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia, en uso de las atribuciones establecidas en su Reglamento, Estatuto y normas institucionales vigentes. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Dar cumplimiento a lo determinado por el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante Sentencia Constitucional N° 1109/2017-S1 de 12 de octubre del 2017, disponiendo DEJAR SIN EFECTO LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SIB DEPARTAMENTAL LA PAZ DEL 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2017, CONVOCADA POR EL TRIBUNAL DE HONOR Y LA SIB NACIONAL, con todos sus efectos legales y consecuencias jurídicas. ARTICULO SEGUNDO.- Instruir al Directorio de la SIB Nacional, hacer conocer la presente Resolución, a Héctor Gustavo Castellón Mechiavelli en representación legal de los accionantes Ramiro Julio Veramendi Santalla Josué Salvatierra Chávez, Jhonny Wilder Cala Vargas, Luis Alfonso Rospligliosi Camacho. ARTÍCULO TERCERO.-Se recomienda al Directorio Nacional de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia, el estricto cumplimiento de la presente Resolución…” (sic) [fs. 435 a 439]; así como la nota SIB NAL. GG. 694/18. Gestión 2016-2018 de 7 de marzo, de la Gerente General de la SIB Nacional, dirigida a Héctor Gustavo Castellón Machiavelli, Abogado y apoderado, remitiendo copia de la Resolución 12/16-18 de 13 de enero de 2018 en cumplimiento de la      SCP 1109/2017-S1 de 12 de octubre (fs. 440).