SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2019-S2

Fecha: 04-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Luego de promulgada la Ley de Capitalización -Ley 1544 de 21 de marzo de 1994-,  los ex Ejecutivos de ENFE, en 1996 transfirieron a la Asociación Accidental Virgen de Urkupiña, a través de licitaciones públicas, predios de propiedad del Estado, cuyos valores de venta no guardan relación con el precio resultante. Ante esta circunstancia y luego de un informe de auditoría especial, un dictamen de responsabilidad civil por daño económico y un proceso civil, anulado ante la última instancia jurisdiccional ordinaria (Ley de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional -Ley 212 de 23 de diciembre de 2011-), interpusieron un proceso contencioso ante el Tribunal Supremo de Justicia, demandando la nulidad de las mencionadas transferencias, la cancelación de su registro en Derechos Reales (DD.RR.) del departamento de Cochabamba, la reivindicación de los tres inmuebles a favor de ENFE y el pago de daños y perjuicios, demanda resuelta por la Sala Plena del citado Tribunal, mediante la Sentencia 384/2017 de 6 de junio, declarando improbada la misma.