Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2019-S3
Fecha: 09-Sep-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, ratificó todos los extremos del memorial de acción de amparo presentado y ampliándolo indicó: Existen pruebas y documentos que no fueron tomados en cuenta, sobretodo el Informe remitido por la Dirección de Ordenamiento Territorial (DOT) del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, en el cual se da a conocer que el terreno en conflicto fue emplazado dentro de una propiedad municipal; es decir, esos terrenos están afectando propiedad Municipal; sin embargo, a pesar que el Juez de la causa tomó conocimiento de esta situación y en segunda instancia también, no valoraron esa prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no hubiere otro medio
- actos consentidos libre y expresamente
- para que se abra la tutela, la actuación de las partes dentro de los procesos judiciales o administrativos, una vez producido el acto considerado ilegal o lesivo, debe ser activa y permanente en procura de su reparación,
- ninguna acción para tratar de restituir los derechos o garantías vulnerados;
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR