SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2019-S3

Fecha: 09-Sep-2019

1)

Richard Claure Ayala, Eddy Mamani Jancko, Williams René Angles Córdova, Imar Fortunato Zutara Vilte, Janneth Sivet Vidaurre Paniagua y Gladys Marcela Arce Peralta, mediante memoriales de 8 y 12 de marzo de 2019 cursante de fs. 162 a 167 vta. y 187 a 195 vta., presentaron informes, señalando que: 1) La justicia constitucional viabiliza la tutela inmediata ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido intempestivo sin causa legal justificada y en el caso en particular de Enrique Mealla Barros, no se lesionó ningún derecho, toda vez que IABSA a través de sus autoridades ejecutivas aceptó la renuncia mediante nota de 1 de octubre de 2018, suscrita por el citado trabajador, el cual precisó que existe una situación complicada del Directorio, problemas administrativos, deudas, observando contrataciones de personal técnico extranjero, el costo de producción no cubría los gastos, la existencia de pérdidas considerables, deslindando responsabilidad por los cuarenta días que estuvo como Gerente General; por lo que, entendieron que este no deseaba continuar en la Empresa, comprendiendo como renuncia tácita; además consideraron que a la misma emerge de la voluntad expresa del ahora impetrante de tutela.