SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2019-S3

Fecha: 09-Sep-2019

7)

7) Por otra parte, señalan que en virtud al art. 53.2 del CPCo, al presenciarse acto libre y voluntario del accionante de acceder al cargo de Gerente General de IABSA, sujeto a libre remoción establecida en el art. 327 del CCom, tal cual consta en la Resolución de Directorio de IABSA 022/2018 notificada al impetrante de tutela mediante Comunicación Interna IABSA-PRES-DIR-CI-06/2018 de 16 de agosto, documental que no fue presentada, adecuándose en consecuencia a un sistema de libre remoción y nombramiento, aspecto corroborado por la SC 1311/2005-R de 18 de octubre y Auto Supremo 493 de 29 de noviembre de 2012, que definen que este tipo de personal ejecutivo de Sociedad Anónima está sujeto a la libre remoción y excluido de la estabilidad laboral prevista en el DS 28699; correspondiendo se declare la improcedencia de la acción de amparo constitucional; y,