SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2019-S3

Fecha: 11-Sep-2019

3)

3)  Respecto a los peligros de obstaculización establecidos en el art. 235.1 y 2 del CPP, la autoridad judicial a quo resolvió mantener el numeral 1 con un razonamiento que a consideración del Tribunal de apelación está conforme y en base a elementos objetivos que cursan en obrados y no en apreciaciones subjetivas, que conforme señaló el Juez de control jurisdiccional “…este riesgo procesal se tuvo en cuenta en el hecho de que el Ministerio Publico aun no habría concluido con los actos de investigación, mas aun tomando en cuenta que existe una ampliación de imputación formal en contra de otro coautor, lo que conlleva lógicamente se mantenga latente el peligro de que el imputado en libertad pueda destruir, modificar elementos de prueba que aún no fueron recolectados por el Ministerio Público, ya que tampoco la parte recurrente acompañó un nuevo elemento de convicción como exige el art. 239 Num. 1) del CPP, que evidencia que al presente con relación a su defendido el Ministerio Público haya concluido con la investigación y la recolección de todos los elementos probatorios, no solo para funda[r] la acusación, sino también para deslindar la responsabilidad de su defendido, esto tomando en cuenta el plazo de los seis meses que otorga el Art. 134 del CPP, no siendo posible que este tribunal tenga que suponer o presumir que al presente se ha concluido con las investigaciones con relación a la parte recurrente, por lo que al respecto tampoco tiene merito la apelación efectuada” (sic); y,