SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes a la defensa, motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones; al respeto y protección de los derechos fundamentales; prevalencia e interpretación de lo favorable; así como la garantía de verdad material; puesto que, las autoridades demandadas, dentro del proceso disciplinario de referencia, emitieron la Resolución SP-AP 27/2018 de 27 de abril, confirmando la Sentencia Disciplinaria 43/2017 de 7 de julio, que dispuso la sanción de un mes de suspensión del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes; empero, sin realizar una adecuada fundamentación y motivación de su decisión ni una objetiva revisión del proceso; no respondieron a los agravios expuestos en apelación y tampoco aplicaron la verdad material en base a las pruebas producidas que no fueron valoradas adecuadamente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que orientan al juzgador
- la motivación
- se halla interrelacionado con el principio de congruencia
- III.2.
- 2)
- 3)
- ii)
- iii)
- REVOCAR en parte