SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2019-S4

Fecha: 03-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra, solicitó al Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo de Trinidad del departamento de Beni −ahora demandado−, se le otorgue ordenes de traslado de su persona a objeto de realizarse valoraciones médicas y forenses por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), así también la cesación a su detención domiciliaria y remitir el mandamiento de la medida sustitutiva al Juez de Ejecución Penal Trinidad, empero dichos petitorios no fueron resueltos y no promovió conflicto de competencias, toda vez que se declaró incompetente en razón de la materia, hechos que guardan estrecha relación con la vulneración de sus derechos fundamentales.

En consecuencia al estar en riesgo su vida, precisa contar con autoridad competente que ejerza el control jurisdiccional previa dirimitoria de conflicto competencial, es decir, que se pronuncie el Juez ahora demandado sin perjuicio del conflicto a suscitarse y otorgue las salidas para valoraciones médicas y forenses, así como la cesación a la detención domiciliaria y que remita de inmediato el respectivo mandamiento  a conocimiento del Juez de Ejecución Penal  de Trinidad; toda vez que, su estado de salud es delicado, ya que su persona necesita tratamientos médicos en las ciudades de la Santísima Trinidad, Santa Cruz de la Sierra y Riberalta, para lo cual adjuntó pruebas de sus dolencias (certificado médico de 20 de marzo de 2019, valoración urgente por psiquiatría y cardiología) documentos que cursan en el expediente 57/2018 radicado en el Tribunal de Sentencia Penal de Riberalta del citado departamento, y para poder modificar su situación de privado de libertad requiere orden de traslado a la ciudad de Trinidad a efectos de que sea valorado por el médico forense del IDIF.

Asimismo el cuaderno donde se encuentra la prueba de la detención domiciliaria impuesta a su persona como medida cautelar por el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de Riberalta del departamento de Beni, se halla sorteado desde el 24 de abril de 2019 al Juzgado de Instrucción Penal Anticorrupción Segundo de Trinidad (autoridad hoy demandada), quien debió conocer que la misma causa que se tramita ante su despacho y fue declinada, se encuentra ilegalmente radicada en el Tribunal de Sentencia Penal de Riberalta (es decir, sin haber concluido la etapa preparatoria ni la definición de la competencia entre el Juez de Instrucción Penal Segundo de Riberalta y el Juez de Instrucción Anticorrupción de Trinidad, se remitió por Auto de 16 de mayo de 2018 un pliego acusatorio, el cual no existe en el cuaderno de la etapa preparatoria).