Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
II.3.
II.3. Mediante Auto de Declinatoria de Competencia 04 de 26 de abril de 2019, el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo de Trinidad del departamento de Beni, declinó competencia y ordenó la remisión de antecedentes del proceso al Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de Riberalta del citado departamento, por ser la jurisdicción en cuanto a territorio y materia, y considerando, que luego de la resolución de declinatoria de competencia de 13 de marzo de 2018 se libraron resoluciones judiciales que demostraron la reanudación de la competencia del referido juzgado (fs. 26 a 28 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- estableció que el derecho a la vida
- la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste, pudiendo incluso prescindirse del cumplimiento de formalidades procesales”
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- III.3.
- Con relación a la falta de pronunciamiento a la solicitud de orden de salida médica
- Respecto a lo denunciado por el accionante ante la negativa del Juez demandado de promover conflicto de competencias
- REVOCAR