Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El solicitante de tutela denuncia la lesión del debido proceso y su derecho a la defensa; toda vez que, las autoridades demandadas, dentro el proceso ordinario de pago de daños y perjuicios instaurado por Néstor Colque Condori contra su persona, no tomaron en cuenta lo previsto en el art. 365.III del CPC, que hace referencia de manera clara a que, si la ausencia injustificada fuese de la parte demandada, en la nueva audiencia, es decir, la segunda, el juez recién tiene la facultad de dictar Sentencia teniendo por ciertos los hechos alegados, empero, su persona estuvo presente junto a su abogado en la segunda audiencia, celebrada el 24 de marzo de 2017.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Cómputo de plazos a partir de la notificación por cédula en Secretaría de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia.
- dictará resolución declarando improcedente el recurso, en cuyo caso se tendrá por ejecutoriada la resolución recurrida
- de lo que se extrae que dicha actuación es válida en secretaría de cualquiera de las salas del actual Tribunal Supremo de Justicia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR