SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2019-S4

Fecha: 10-Sep-2019

III.3.3. En cuanto a la supuesta vulneración del derecho a la defensa material y la falta de notificación con la Resolución de alzada

Finalmente, en cuanto a la alegada lesión al derecho de defensa material y la falta de notificación con el Auto de Vista 475/2019, corresponde recordar que de acuerdo a lo señalado en la SCP 0005/2019-S2 de 19 de febrero, a partir de la relevancia constitucional que tenga la supuesta arbitrariedad denunciada, corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, analizar la incidencia del acto acusado en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional, respecto al fondo de lo resuelto; debiendo advertir si el efecto de conceder la tutela, es o no modificatorio; es decir que si el resultado es el mismo o no provoca cambio alguno respecto al fondo de lo decidido, corresponderá denegar la tutela, pues no existiría vulneración del derecho.

De la revisión de obrados, se puede advertir que la denuncia sobre la falta de notificación con la Resolución de alzada y el no haberle permitido ampliar la exposición de sus agravios, son aspectos que carecen de relevancia constitucional; que no ameritan el pronunciamiento de fondo por este Tribunal; por cuanto, en base a los fundamentos desarrollados anteriormente, se concluyó que la Resolución de Alzada, cuenta con la debida fundamentación y motivación; consecuentemente, el resultado asumido será el mismo. Por las razones anotadas, al haberse advertido la falta de relevancia constitucional, corresponde también denegar la tutela solicitada, respecto a estos extremos.