SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2019-S1

Fecha: 11-Sep-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte impetrante de tutela denuncia la vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos de congruencia, fundamentación y motivación de las resoluciones, a la defensa, a la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico y al principio de seguridad jurídica, en razón a que las autoridades demandadas dispusieron en casación anular obrados dentro del proceso laboral por demanda de pago de beneficios sociales seguido en su contra, a consecuencia de que no se hubieran presentado los alegatos en conclusiones, cuando la norma procesal del trabajo establece que ningún acto o trámite judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviera expresamente determinada por ley; además de no considerar los alcances del art. 16.I de la LOJ; asumiendo su ilegal determinación de anular obrados en lo previsto en el art. 394 del CPCabgr., norma que no resulta aplicable al proceso laboral; señalando de manera contradictoria que las conclusiones en el proceso laboral serían un derecho indisponible que el titular no puede renunciar; empero, luego de anular el Auto de Vista cuestionado en casación, dispusieron que con o sin alegatos se pronuncie una nueva Sentencia, existiendo ante ello una contradicción, puesto que por un lado admiten que el presentar alegatos sería un derecho indisponible y por el otro, que el titular del referido derecho puede renunciar a este.