SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La AJ por Resolución Sancionatoria (RS) 10-00003-19 de 11 de febrero de 2019, sancionó a la hoy impetrante de tutela por haber desarrollado una promoción empresarial sin contar con la Resolución Administrativa de Autorización correspondiente, contra la cual interpuso recurso de revocatoria indicando que dicha determinación no estableció a cabalidad la normativa en la que se basó la sanción, ni realizó una relación de los hechos fácticos para determinar que su negocio comercial -siendo lo correcto empresa unipersonal- “TUC-TUC” hubiese infringido la norma, señalando simplemente que se abrió la causa con el auto de apertura y que se tenía indicios preliminares respecto al desarrollo de la promoción denominada “‘…llevas el impermeable y gratis las botas de agua o el paraguas…’” (sic); la cual, no tendría la respectiva autorización; lo que, no constituye una promoción empresarial ni creaba ningún orden de sorteo, juego o expectativa de azar para que sus clientes puedan acceder a un premio a futuro; sino que, el producto impermeable estaba complementado con botas o paraguas a elección del cliente por la compra, sin crear una posibilidad a futuro, lo cual desvirtuaba la génesis del auto de apertura; igualmente, se argumentó que se emitió el Informe Técnico AJ/DRCB/DF/INF/54/2019 de 28 de enero, con el que no fue notificada, vulnerando su derecho al debido proceso.

En tiempo hábil y conforme al art. 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), planteó recurso de revocatoria, el mismo que fue rechazado indicando que para viabilizar su impugnación debía adjuntar el depósito o boleta de garantía bancaria por carácter previo a ser admitido el recurso; lo cual, no es correcto porque de ninguna manera se puede pagar una cantidad que todavía no es ejecutable, con lo que se le está vulnerando sus derechos a la defensa y al debido proceso.