SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

Se acompañará el depósito bancario o boleta de garantía bancaria que garantice el importe de la sanción impuesta en la Resolución impugnada. En caso de que la Resolución impugnada sea revocada, la garantía será devuelta por la AJ

V. Podrá presentar, con juramento de reciente obtención, pruebas documentales o literales que no hubiesen sido presentadas en el proceso sancionador. El juramento será recibido por el Director Ejecutivo de la AJ, en el plazo máximo de diez (10) días siguientes a la fecha de interposición del recurso.