SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

II.4.

II.4.  Mediante Auto de Vista de 5 de abril de 2018, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió revocar el Auto impugnado, disponiendo la prescripción extintiva del derecho a la ejecución de la Sentencia, debiendo acudirse a la vía ordinaria para la dilucidación del derecho propietario del inmueble objeto del proceso, con base en los siguientes fundamentos: a) La Sentencia 58/2009 de 19 de septiembre, no pudo ser ejecutada, desnaturalizando la esencia sumaria del proceso interdicto, que tiene por objeto restituir la posesión a quien fue injustamente desposeído o sufrido eyección; b) Si bien la parte demandante, tiene una sentencia favorable, la misma no define el derecho propietario; c) Respecto a la ejecución de la sentencia y la efectivización del mandamiento de lanzamiento, ésta ha perdido su esencia, pues la misma debió ser ejecutada conforme a los arts. 150, 514 y 636 del CPCabrog, sujetándose a las reglas comunes del derecho, y a la prescripción extintiva de conformidad con el art. 1492 del CC, respecto únicamente al derecho a la ejecución de la sentencia; y, d) No se valoró adecuadamente la naturaleza de los procesos interdictos, que tienen como esencia la protección inmediata y excepcional de la posesión, no del derecho propietario; por lo que, el transcurso del tiempo sin que se haya hecho efectiva la Sentencia, desnaturaliza la esencia del proceso; asimismo, la parte vencedora demostró desinterés en la ejecución, dejando transcurrir más de cinco años desde el momento de la ejecutoria de la Sentencia; computando el referido plazo desde el tercer día en que debió ejecutarse la citada Sentencia (fs. 838 a 841).