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    VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0060/2019
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0060/2019

    Fecha: 04-Sep-2019

    II.2.

    II.2.    La competencia de las ETA municipales para establecer en sus normas institucionales básicas, la planificación de sus políticas públicas de desarrollo humano orientadas a promover oportunidades laborales de manera preferente para personas que habitan en su jurisdicción, con énfasis en la juventud y las mujeres

    • 1
    • a)
    • II.1.    Improcedencia de la declaratoria de compatibilidad condicionada a interpretación en control previo de constitucionalidad
    • “conservación de la norma”
    • confrontar el contenido de estos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado
    • principio de conservación de la norma
    • el control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas
    • II.2.
    • Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción
    • que en su dimensión subjetiva, se orienta al respeto a la diferencia y la diversidad; por cuanto, supone el reconocimiento de un derecho subjetivo fundamental a recibir un trato jurídico desigual y favorable para conseguir la igualdad en las condiciones reales de la existencia
    • ley
    • 2)
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    • 81
    • 83

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